Retrasos en las licencias municipales ponen en riesgo las ayudas a la inversión en Castilla-La Mancha>> Empresas y emprendedores denuncian que el nuevo requisito de la Junta puede dejar sin subvención a muchos expedientes Objetivo CLM La reciente orden 125/2024 de subvención a la inversión ha introducido un nuevo requisito en la fase de justificación de los proyectos que todos los emprendedores deben tener presente. El artículo 24.3.p) especifica que es obligatorio aportar “Copia de la licencia municipal de apertura y actividad, o en su caso, copia de la comunicación previa y la declaración responsable de apertura de actividades no sujetas a licencia de apertura, del establecimiento objeto de subvención”. Aunque el propósito del Gobierno regional al incorporar esta exigencia haya sido garantizar que los proyectos subvencionados cumplan con la normativa vigente, la medida ha generado problemas prácticos en numerosos municipios, donde la concesión de licencias de apertura acumula retrasos de meses e incluso años. Uno de los casos más significativos se ha registrado en el Ayuntamiento de Ciudad Real, donde un proyecto susceptible de recibir ayuda pública ha esperado 15 meses para obtener la licencia de obra, pese a que el plazo establecido para resolver este trámite es de dos meses. Según fuentes jurídicas consultadas por este Economista de a pie, la licencia de apertura y actividad, tal como aparece descrita en la orden 125/2024, no existe en el Ayuntamiento de Ciudad Real. En su lugar, la licencia equivalente sería la de Obra y Actividad, mientras que la licencia de apertura, de acuerdo con diversas sentencias, debe ser previa o simultánea a la licencia de obras y no debe confundirse con la licencia de funcionamiento, cuyo fin es comprobar que lo ejecutado se corresponde con lo proyectado. Por su parte, fuentes técnicas consultadas han señalado que el procedimiento implantado en el Ayuntamiento de Ciudad Real para la tramitación de licencias urbanísticas puede derivar en un expediente sancionador si se presenta la solicitud de apertura sin haber obtenido previamente la licencia de obra o actividad. En este escenario, los emprendedores se encuentran ante una disyuntiva: ejecutar la inversión con todos los requisitos cumplidos salvo el municipal y asumir los riesgos que ello implica, o esperar los 15 meses que puede tardar el Ayuntamiento en pronunciarse, con el consiguiente aumento de costes o pérdida de oportunidades de mercado. La situación amenaza con dejar fuera de las ayudas a decenas de proyectos de inversión que cumplen con todos los requisitos salvo los plazos administrativos municipales. En muchos casos, las demoras se deben a la falta de personal técnico, a la complejidad de las tramitaciones urbanísticas o incluso a bajas laborales no cubiertas que ralentizan los procedimientos. Por todo ello, quienes estén valorando poner en marcha un negocio o ampliar sus instalaciones en la región deben tener en cuenta que la licencia de apertura municipal puede convertirse en un factor decisivo a la hora de acceder a las Ayudas de apoyo a la inversión contempladas por la Junta. |



































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