La resolución por la que se ha abierto la convocatoria de subvenciones a la inversión de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha viene con bastantes novedades, especialmente derivadas de la publicación, el día 31 de julio de 2024, de una nueva orden de bases.
La principal novedad está en la elección del procedimiento simplificado de concurrencia para la resolución de los expedientes, tanto los objeto de ratificación como los nuevos expedientes, según el cual se irán despachando los expedientes por orden de ratificación/presentación.
Otra novedad importante es el plazo de presentación/ratificación de solicitudes que se extenderá hasta el 31 de marzo de 2025. La convocatoria está dotada con 40 millones de Euros, importe previsiblemente suficiente para cubrir los expedientes de la convocatoria.
En otro orden de cosas, la convocatoria trae algunas novedades técnicas que paso a enumerar sucintamente:
- Para optar a la subvención, las empresas deben estar válidamente constituidas, al menos, en fecha de respuesta del primer requerimiento realizado por la JCCM
- Obligación de justificar el cumplimiento de los requisitos de la ley de morosidad, con carácter obligatorio para aquellas subvenciones superiores a 30.000 euros y en cualquier caso ha de cumplirse los términos de la ley en la justificación de facturas y pagos del expediente como ya ocurría con la modificación introducida a la anterior orden.
- Establecimiento de un umbral mínimo de 25 puntos en el baremo de criterios de evaluación de solicitudes para poder optar a ser beneficiario de la subvención. Estos criterios versan sobre el impacto socio-económico del proyecto (Sectores económicos S3 10 puntos, Creación de empleo 5-25 puntos, Microempresas 15 puntos, Proyectos localizados en polígonos industriales 5 puntos, Proyectos localizados en zonas prioritarias Ley 5/2017 10 puntos), representación de determinados colectivos hasta 15 puntos, viabilidad del proyecto según ratios establecidos hasta 10 puntos, calidad del proyecto 5 puntos, impacto medioambiental hasta 15 puntos, fomentar el ecosistema emprendedor 10 puntos, proyectos declarados prioritarios ley 5/2020 10 puntos e impacto demográfico que supone un incremento del 20,30 o 40% con base en términos de despoblación.
- Los porcentajes de subvención se ajustan a un mínimo del 28% y máximo del 50% para pequeñas empresas y microempresas; y del 18% al 40% para medianas empresas
- Para tener derecho al porcentaje adicional de subvención por creación de empleo no se debe haber destruido empleo en Castilla-La Mancha en los seis meses anteriores (en la anterior orden era de un año)
- Posibilidad de obligar a presentar un vídeo para proyectos que superen los 150.000 euros de inversión
Dada la importancia de las modificaciones introducidas, es importante contar para su expediente con asesoramiento especializado.
El Economista de A Pie
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