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La Dispersión de Sedes Electrónicas

>> "Esto es un lío para vosotros y para nosotros"

La Dispersión de Sedes Electrónicas
Objetivo CLM
Viernes, 29/11/2019 | Ciudad Real | Región | Sociedad, Economía

No se puede definir de una forma más intuitiva la problemática que está generando la implantación de la administración electrónica.

¡Esto es un lío para vosotros y para nosotros! fue la sincera respuesta que recibí hace unos días en una administración cuya identidad me van a permitir omitir por razones profesionales.

El lío no es menor, no en vano, en la ley 40/2015 se contempla la creación de un órgano técnico para la cooperación en materia de administración electrónica entre la Administración General del Estado, las administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades que integran la Administración Local, denominada Comisión Sectorial de Administración Electrónica (CSAE).

Una buena noticia es que esta Comisión Sectorial de Administración Electrónica (CSAE), adoptó, en su sesión de 21 de junio de 2017, la decisión de la creación de un punto único de notificación de todas las AAPP. La mala noticia es que ese punto está, a fecha de hoy, aún en fase de diseño.

Dejo el enlace por si alguien está interesado en hacerle seguimiento al progreso de este punto único de notificaciones  https://administracionelectronica.gob.es/CTT/LEMA#.XeFAhm5Fz-s

Si entramos en la descripción del proyecto de este Punto único de notificaciones para todas las Administraciones Públicas o Dirección Electrónica Habilitada única (DEHÚ) podemos leer literalmente: “Ante la dispersión de sedes electrónicas y de vías de puesta a disposición, la DEHÚ permite que los interesados, tanto personas físicas como personas jurídicas, tengan acceso a sus notificaciones y comunicaciones en un punto”.

Es decir, por un lado, la propia administración asume la existencia de una dispersión de sedes de notificaciones y por otro lado, a día de hoy ya existe una buena lista de entidades que desde la promulgación de la ley 39/2015 están obligadas a relacionarse con la administración por medios electrónicos. Las personas jurídicas son el ejemplo más relevante de ellas.

Ya advirtió el Consejo de Estado, durante la tramitación de la Ley 39/2015, de la necesidad de ‘arbitrar mecanismos centralizadores de las comunicaciones, una suerte de ventanilla única virtual de salida, que evite el peregrinaje virtual periódico de los interesados’ para evitar ‘una situación de inseguridad jurídica para los interesados’, Esta recomendación no parece que haya sido muy tenida en cuenta por las distintas administraciones.

Desde hace tiempo, incluso antes de su implantación obligatoria, las empresas están activando la denominada DEH (Dirección Electrónica Habilitada), más conocida como buzón de notificaciones 060. Aquí dejo el enlace https://notificaciones.060.es/PC_init.action

Este buzón es el que utiliza una de las Administraciones más avanzada que tenemos en España en materia de Notificación Electrónica, la Agencia Tributaria, lo que garantiza su éxito, así como una gran cantidad de Administraciones pertenecientes a la Administración General del Estado, Administraciones Autonómicas, Entidades Locales y Otros. El listado de nada menos que 22 páginas se puede consultar en el documento que adjunto a este artículo.

La descripción del servicio DEH que se refleja en la web es:

“El Servicio de Notificaciones Electrónicas mediante la Dirección Electrónica Habilitada permite a cualquier persona física o jurídica recibir por vía telemática las notificaciones administrativas”.

El buzón de notificaciones 060 es sin duda el lugar más parecido que tenemos actualmente a lo que era el buzón físico de nuestro domicilio, si bien se echa en falta que a través de él notifique otra de las grandes notificadoras españolas LA SEGURIDAD SOCIAL, que tiene su propia sede de notificaciones (https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/NotificacionesTelematicas)

Si observamos el listado de Administraciones Autonómicas colaboradores de la DEH Notificaciones 060 echamos de menos a la propia Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, que cuenta con su propio portal Notifica JCCM ( https://notifica.jccm.es/notifica/)

De hecho si accedemos a la web del CTT (Centro de transferencia de tecnología) resumen el servicio Notifica ( https://administracionelectronica.gob.es/ctt/notifica#.XeFSUOhKjcc) como:

 “un servicio de gestión de Notificaciones que proporciona una plataforma para gestionar automáticamente todas las notificaciones y comunicaciones que se generan en los organismos emisores, de forma que lleguen a su destino de la manera más eficiente y económica posible”.

Permite que la entrega de dichas notificaciones/comunicaciones pueda realizarse por varias vías, en función de las condiciones establecidas por el destinatario para su relación con la Administración: mediante comparecencia electrónica en carpeta Ciudadana del Punto de Acceso General, en soporte papel y/o comparecencia en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH)”

Existen por ejemplo Notifica Galicia ( https://notifica.xunta.gal/notificaciones/portal/login) o Notifica Junta de Andalucía ( https://ws020.juntadeandalucia.es/notificaciones/snja/inicio.jsp)

Se parecen bastante los servicios que prestan la plataforma Notifica y la Plataforma Notificaciones 060, entrando en lo que parece una “competencia entre administraciones” por erigirse en el notificador predominante.

No nos podemos olvidar del proyecto “Carpeta Ciudadana”, que entra en competencia con los dos grandes notificadores referidos. Dejo aquí el enlace de la Carpeta de la Administración General, https://sede.administracion.gob.es/carpeta/clave.htm, la de la Comunidad de Madrid; https://gestiona7.madrid.org/carpetaciudadana/#!/main, o la de la universidad de Murcia https://sede.um.es/carpeta/login.seam.

Si entramos en nuestra Carpeta ciudadana vemos que contiene más aspectos que meras notificaciones (Expedientes, datos, registros y más información) si bien podemos leer en ella que “Se está trabajando para incluir a todas las administraciones públicas y sus organismos y cualquier tipo de expedientes. Mientras tanto puedes acceder a la sede electrónica de cada administración y/o organismo”.

En conclusión, actualmente existe una serie de entidades obligadas a entenderse con una administración electrónica que está en construcción. Lo más grave del asunto es que el déficit de información e implantación de la administración electrónica lo van a costear pequeñas y medianas empresas sin los recursos necesarios para sustituir el buzón de su empresa por la visita habitual a las dispersas sedes electrónicas en funcionamiento.

Recordemos que las notificaciones se entienden recogidas a los 10 días de su puesta a disposición en la sede electrónica, y respondidas pasados otros 10. Si tardamos 20 días (hábiles) en visitar una sede nos podemos encontrar notificaciones a las que hemos prestado tácitamente nuestro consentimiento.

Veremos si la tan necesaria DIRECCIÓN ELECTRÓNICA HABILITADA ÚNICA llega en plazo antes de que esta dispersión de sedes provoque más de un accidente

 

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