• A Soga y Tizón
    Imagen de asogaytizon
    Fidel Piña Sánchez
    Arquitecto

¿Por qué debemos mantener nuestros edificios?

Imagen: Natalia Casado García
Objetivo CLM
Jueves, 21/01/2016 | Región | Portada, Sociedad

Así como la mayoría de nosotros pasamos regularmente las revisiones de nuestro vehículo porque las consideramos necesarias para prolongar su vida y garantizar nuestra seguridad, sin embargo miramos hacia otro lado cuando el presidente de nuestra Comunidad de vecinos o administrador nos solicitan una derrama para el mantenimiento de nuestro edificio. Sorprende que nos cueste comprender que esa inversión es necesaria, máxime cuando se considera que nuestra vivienda es, probablemente, la mayor inversión que haremos en nuestra vida y que nos mantendrá hipotecados durante casi la mitad de ella.

Entonces, ¿por qué debemos mantener nuestros edificios?

En primer lugar, lo queramos o no, la ley nos obliga. Al igual que debemos pasar una inspección de vehículos, los Ayuntamientos _el de Ciudad Real no es una excepción_ disponen de ordenanzas que obligan a los propietarios a mantener sus edificios en adecuadas condiciones de seguridad y salubridad. Básicamente, los ayuntamientos no desean edificaciones peligrosas que puedan suponer riesgo o daño a terceros, y han regulado el asunto en forma de Inspecciones Técnicas de Edificios, las famosas ITEs.

Por encima de los Ayuntamientos, la Administración Autonómica _que posee plenas competencias en materia de urbanismo y organizarión del territorio_ considera en la LOTAU como deberes de los propietarios el de conservar y en su caso rehabilitar la edificación a fin de que ésta mantenga en todo momento las condiciones mínimas para su uso.

La Ley de Propiedad Horizontal también considera como obligaciones de cada propietario las de “mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios”, así como la de “contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble”.

Por último, la Ley de Ordenación de la Edificación LOE, al fijar las obligaciones de todas las personas físicas o jurídicas que intervienen en el proceso edificatorio menciona que son obligaciones de los propietarios las de conservar en buen estado la edificación mediante un adecuado uso y mantenimiento de ésta.

Pero, más allá de las obligaciones legales, deberíamos mantener en buen estado de conservación nuestros edificios porque es la mejor manera de conseguir su revalorización y el aumento de su vida útil _ mi suegro lleva años manteniendo su viejo Ford y lo tiene casi como el primer día, para alegría del dueño de su taller.

Fidel Piña Sánchez. Arquitecto. www.fidelpina.wordpress.com  -  Visita sus servicios

Te puede interesar

JCCM Turismo El destino de las maravillas Advertisement

Agregar comentario

Plain text

  • Etiquetas HTML permitidas: <strong>
  • No se permiten etiquetas HTML.
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.
CAPTCHA
Queremos saber si es un visitante humano y prevenir envíos de spam
By submitting this form, you accept the Akismet privacy policy.