La Audiencia Nacional da la razón a CCOO y ordena a subir los salarios en el sector de la Discapacidad entre el 3,75% y el 7,15% con efectos desde el 1 de enero Objetivo CLM La Audiencia Nacional ha estimado totalmente las pretensiones del CCOO y ha reconocido el derecho del personal afectado por el XV Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, a la revisión de los salarios en los términos indicados en el artículo 32.1 de dicho convenio, con subidas de entre el 3,75% y el 7,15% y con efectos económicos desde el 1 de enero de este año. La sentencia afecta en CLM a las más de 3.500 personas que trabajan Centros Especiales de Empleo, Centros de Educación Especial, Residencias de Personas con Discapacidad, Centros Ocupacionales y Centros de Atención Temprana privados y concertados. La negativa sistemática de las organizaciones patronales presentes en la Mesa Negociadora a cumplir con lo dispuesto en el artículo 32.1 del convenio colectivo sobre la revisión salarial que se acordó en su momento para 2022, obligó a la Federación de Enseñanza de CCOO a interponer conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional y a convocar movilizaciones en el sector durante los últimos meses, coincidiendo con las negociaciones del XVI Convenio Colectivo. La sentencia supone un varapalo a la actitud inmovilista de las entidades y empresas del sector y a su apuesta por pasar por los tribunales, y obliga a la realización de las actuaciones precisas para la actualización de las tablas salariales que constan en el Anexo III del convenio, de forma que se incremente, desde el 1 de enero de 2022, el salario base en el 3,75%, y se establezca el importe del primer nivel (N1) del complemento de desarrollo y capacitación profesional en un 9,20% del salario base incrementado, y el importe del segundo nivel (N2) del mismo complemento en un 7,20% del salario base incrementado. En definitiva, una victoria sin paliativos que fuerza a las empresas a aplicar y pagar en los términos indicados y que supondrá que más de 150.000 trabajadores y trabajadoras del sector vean actualizadas sus retribuciones de manera significativa, en un momento especialmente complicado, con una inflación disparada que venía disminuyendo su poder adquisitivo, especialmente de quienes perciben las retribuciones más bajas. Con la aplicación de lo dispuesto en el artículo 32, los incrementos salariales para este 2022 pueden llegar hasta un 13%, en función de la antigüedad de la persona trabajadora. Tras el fallo del tribunal, CCOO ha solicitado la convocatoria de la Mesa Negociadora, con carácter de urgencia, para poner fin al conflicto, adecuar las tablas salariales tal y como recoge la sentencia y continuar negociando el XVI Convenio Colectivo. Entendemos que en estos momentos el sector necesita de certidumbre y sosiego, y no contemplamos otro escenario que no sea el del diálogo y el de la búsqueda de acuerdos, en beneficio de las personas trabajadoras y de las entidades que las emplean. |
buenos dias..Ante todo, gracias
Pare mi entender todas las sentencias que se han producido hace unos días son desfavorables para las personas que cobran poco es decir dos categorías ( OPERARIO Y TECNICO AUXILIAR ), no comprendo como algunos sindicatos reconocen una victoria por el aumento del 3,5 del SALARIO BASE y del 9,2 del n1 (+7,5 2021), porque como bien sabemos las tablas salariales sumando los conceptos de salario base más el n1 nunca llegaN al SMI por lo tanto ¿para que se quiere tener la antigüedad si nunca la vamos a cobrarla? , el trabajador que empiece en una empresa va a cobrar lo mismo que el que lleva más de 5 años porque le pagan igual el smi, recordando que el 90% de contratos son de categoría operario o técnico auxiliar.
Para las otras categorías como su salario base está por encima del smi si le cuenta el n1 u n2. (que son los más ricos, SEGUIREMOS SIENDO POBRES EN COMPARACION CON OTRAS CATEGORIAS Y DIFERENCIAS AVISMALES)
Lo que se tendría de luchar, es que ninguna tabla salarial en el concepto de salario base este por debajo del smi.
Entiendo que la palabra complemento es cumplimentar algo, no restar.
En las posibles tablas del 2022 (pendientes de si la patronal recurre).
Un operario cobrando el 7,5 % del n1 cobrara 1000€ ( 830sb + 76.36 n1 = 906.36 como no llega a 1000 un plus de la diferencia
un operario que entra nuevo 1000€ (830 salario base y un plus de 170, porque no llega a 1000)
Resumiendo, no lo entiendo