Recientemente, en nuestros medios de comunicación se ha dado la noticia de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos reconoce el derecho que tienen dos antiguos miembros de la banda terrorista ETA a recibir por parte de España una indemnización de 50.000 euros entre los dos.
Como consecuencia, no han sido pocas las voces que han considerado esta decisión una auténtica burla a las víctimas y concretamente, a las del terrorismo. Sin embargo, dentro de la apreciación que hagamos cada uno de nosotros sobre si la decisión de los jueces ha sido acertada o no, también debe confrontarse con la noticia las pregunta clave que debe resolverse: ¿Por qué un delincuente, como puede ser un terrorista, tiene derecho a no ser maltratado por la intervención de la policía?
De partida, las intervenciones de las fuerzas y cuerpos de seguridad siempre deben ser proporcionales a las circunstancias. Como ejemplo de ello: si un delincuente no va armado y no tiene intención de enfrentarse a la policía; para nada está justificado que por parte de las fuerzas del orden reciba una paliza o simplemente se sobrepasen en la detención o cualquier otro tipo de intervención que lleven a cabo.
Esta conclusión deriva del derecho que tenemos todos a no ser torturados, ni recibir ningún tipo de trato degradante o inhumano por parte de ninguna persona o institución. Este derecho viene recogido tanto en nuestra Constitución como en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
De todas formas, la opinión principal de la sociedad a este tipo de decisiones, parte de la idea de considerarlas totalmente injustificadas, porque entendemos que si una persona ha cometido un delito “debe pagar por ello”. Ya comentábamos en otro artículo que “el ojo por ojo y diente por diente” no es la visión que tiene hoy en día el sistema legal y judicial en todos sus ámbitos para desincentivar las conductas delictivas; sino la reeducación y reinserción social como fines últimos que deben cumplir las penas.
Ahora bien, esta es la posición del sistema en relación con los delincuentes. No debemos olvidar a las víctimas en ningún momento. En definitiva, de estas dos premisas podemos sacar dos conclusiones. En primer lugar, los delincuentes tienen derecho a un trato digno bajo las circunstancias, lógicamente. Por otro lado, las víctimas tienen derecho a todo el apoyo necesario, que al fin y al cabo, los más allegados a las mismas son los que saben mejor lo que sienten por la pérdida de sus seres queridos, a parte queda la conmoción social que suponen ciertos delitos.
Para nada, el sistema les ofrece a las víctimas mediante las penas una posibilidad de poder vengarse de aquellos que cometieron el delito. Ello supondría la creación de otro tipo de víctimas, al impedirles a ciertas personas que están en el mundo delictivo la posibilidad de buscar vías de solución a sus problemas; ya que detrás de estas personas también hay una historia, además de algunos condicionantes psíquicos que la hayan llevado a delinquir.
No estoy hablando de tratar a todos por igual, tanto víctimas como delincuentes; sino, de dar a cada uno lo que le corresponde. Hoy día, después de aprender de nuestra historia, el sistema ha llegado a la conclusión de que la venganza y “el ojo por ojo” tal y como decíamos, únicamente genera más delincuencia y problemas que soluciones. Por eso, las personas que infringen las normas tienen aparejada una consecuencia como medida que sirva para buscar la resocialización de estas. Las víctimas, tienen todo el derecho a recibir el apoyo necesario en todos los ámbitos. Lo que nunca es solución, tanto por una parte como por otra; entendiendo el dolor de los familiares de las últimas, ni el sentimiento de odio, rencor, desprecio, etc.
“Perdonando demasiado al que yerra se comete injusticia con el que no yerra.” Baldassare Castiglione (1478-1529) Diplomático y escritor italiano.
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