“No nos dejemos convencer de que es absurdo intentar cambiar el orden “establecido” y las leyes “objetivas”. Tratemos de construir una sociedad civil global. Insistamos en que la política no es una mera tecnología del poder y necesita tener una dimensión moral” Václav Havel (1936-2011) dramaturgo, escritor, y político checo.
Convivimos con las normas en nuestra vida cotidiana sin apenas darnos cuenta, o incluso siendo completamente ignorantes de ello. Sin embargo, a cada paso que da la sociedad en su conjunto, se ven cambios en la normativa en relación al contexto social en el que nos hayamos. Un claro ejemplo de ello es el actual principio de protección de la igualdad entre hombre y mujer, algo inexistente hace unas décadas y que a día de hoy supone un paradigma de sociedad avanzada, al igual que la preocupación por el cambio climático. Todos estos enfoques del rumbo de la sociedad dan lugar a una serie de leyes, que encauzan nuestra forma de vivir y de relacionarnos con nuestro entorno material y emocional.
Por tanto, podemos hacer referencia a lo que nos decía en su Teoría pura del Derecho Hans Kelsen: “El Derecho no es norma y sólo norma”. Pues este es el reflejo de los elementos sociales, políticos, culturales, económicos y de valores morales de conducta en una sociedad concreta. De tal forma, que siguiendo los ejemplos anteriores, si no hubiéramos tomado conciencia del problema del cambio climático por parte de la sociedad, este sería un asunto con poco reflejo en las normas o inexistente. Así pues, podemos decir que el Derecho es un acontecimiento posterior a los hechos, concibiendo los hechos como voluntad de la sociedad, plasmada en una posterior norma. De ahí, la necesaria coherencia del Derecho con la sociedad que representa.
Las normas intervienen en la realidad social sobre todo a través de las relaciones sociales y económicas; ya que estas temáticas abarcan la mayoría de problemas. Siendo esta una relación interactiva, permitiendo superar en todo momento la realidad social materializada en la ley, para seguir desarrollándose en los nuevos escenarios que una determina comunidad establezca. Desde esta óptica, el Derecho se configura como una imagen representativa de la sociedad. En definitiva, procuramos la igualdad de género, porque la sociedad busca ese equilibrio independiente de la condición.
Entre el movimiento social y su plasmación normativa, se encuadran los valores o principios que determinan ese cambio. Esta fluidez en la conversión de pensamiento del ser humano, nos permite hacernos valedores del desarrollo de nuestra propia historia; puesto que hay cambio social, cuando se modifica la estructura de la comunidad. Como claro ejemplo, la concepción social de justicia de los regímenes fascistas era distinta a las democracias coetáneas y posteriores a la Segunda Guerra Mundial. Aunque cada sociedad, dependiendo de un régimen político u otro, aceptaba como correctos los valores sociales del momento histórico que impregnaban las normas que regían sus vidas. Esto sea dicho en términos generales, debido a que siempre hay detractores de los sistemas establecidos. Aunque nos podemos hacer la pregunta en base al principio: ¿qué sistema era más cercano al ideal de justicia?
¿A través de qué medios o mecanismos el Derecho contribuye al cambio social, o es factor estimulante del cambio social?
A esta cuestión, varios autores como Edgar Bodenheimer nos habla de fuerzas que operan sigilosamente, como un movimiento lento en la sociedad, no de forma arbitraria, sino como un crecimiento gradual, de la inconsciencia y la vida individual de una nación determinada. Podemos exponer para mayor claridad como indicativo, la necesidad que hemos tenido de adaptar nuestras vidas a la actual situación generada por la pandemia de la Covid-19, lo que necesariamente a determinado la creación de normas que den respuesta a los problemas que ha generado, constituyéndose y moldeándose en tiempo record para adaptarse a la evolución de la enfermedad.
Consecuentemente, uno de los problemas del Derecho es su adaptación y actualización eficaz a la realidad social cambiante. De ahí, que en muchas ocasiones nos hallemos con una confrontación entre las normas y el cambio social; entendiendo el Derecho no sólo por la ley, sino también el trabajo de interpretación y sistematización que realizan los operadores jurídicos (jueces, fiscales, abogados, etc.). Este razonamiento desemboca en la premisa de necesaria congruencia entre la ley y la realidad social.
Los mecanismos actuales de creación de normas pretenden salvaguardar la seguridad jurídica, para evitar que los ciudadanos nos veamos inmersos en un sistema arbitrario, que tome las riendas de nuestras vidas sin control alguno y por mera voluntad individual; a la vez, procura la suficiente flexibilidad y dinamismo para que no se estanque el Derecho y quede ajeno a las demandas sociales. De todas formas, con el ritmo que lleva nuestra sociedad globalizada, es difícil en materias tan sumamente cambiantes como internet y el desarrollo de las nuevas tecnologías ir a la par con el sistema de creación de normas actual. ¿Quizás la inteligencia artificial nos permita identificar cuando hay un cambio de la colectividad para poder crear una norma que, sin entrar en el terreno de la arbitrariedad, de respuesta eficaz al nuevo contexto?
El cambio social se plasma en el progreso de los individuos como colectividad, en el avance de las estructuras sociales, nuevas políticas económicas, el desarrollo de un horizonte cultural; y así, generando una transformación innovadora que desencadena en un nuevo proyecto de vida comunitaria. Lo que por seguir la cuestión sobre el ideal de justicia, llevada a cabo esta transformación, el enfoque de justicia cambia, puesto que no es igual para un régimen totalitario que para un sistema democrático.
En conclusión, sobre la congruencia de la norma con una determinada realidad social, es el trabajo interpretativo el que nos demuestra su eficacia o incapacidad de hacer frente esta al contexto en que se incardina. Dando lugar al límite de elasticidad de la norma, al no poder servir para su aplicación y mostrar su necesaria modificación o derogación.
Al hilo de lo expuesto, nos hacemos la siguiente pregunta: ¿Podemos vivir sin Derecho en sociedad? Existe el término latino: “Ibi ius, ibi societas” (donde hay Derecho, hay sociedad). En definitiva, vivir en sociedad para muchos pensadores, ha supuesto una necesidad inherente a la condición natural del ser humano para su realización como individuo dentro del grupo social, y así lo expresaba el filósofo Aristóteles, al concebir al ser humano como un Zoon Politikon (animal político).
En otras entradas del blog, hemos tratado la dimensión universal del ser humano que se generó con la figura de Alejandro Magno en la Antigüedad, con la idea hegemónica del mundo cosmopolita, creando una especie de ciudadanía global. Cuestión que dentro de las innovaciones que han surgido durante más de dos mil años de historia, se plasman en una nueva concepción del ciudadano global, llena del contenido de los Derechos Humanos y la Agenda 2030 de Naciones Unidas.
Esta nueva postura mundial que pretende atajar los problemas más inminentes que tenemos, busca desarrollar un nuevo concepto de ciudadano universal que homogenice en su educación una serie de principios y valores orientados a evitar conflictos y acabar con diferencias; y así tener una sociedad mundial con las herramientas óptimas para una coexistencia pacífica. Ya no hablamos de una educación con un enfoque nacional específico; ya sea española, japonesa, alemana, etc. Sino que nos situamos en un estadio del mundo en sentido universal, equivalente a la humanidad en su conjunto, es decir, ya no tratamos con la diferenciación entre sociedad española, francesa o portuguesa, sino de la Sociedad Humana. Alterando el concepto de frontera, territorio y soberanía. Al poder conseguir de este último, que de la actual situación de organizaciones internacionales como la Unión Europea con competencias en determinadas materias; y de ello, con capacidad legislativa en las mismas que deben acatar los Estados perteneciente a ella, podamos evolucionar a una macro estructura política internacional que permita la cohesión y congruencia normativa para todo el conjunto de la humanidad (aunque suene al tiempo de escribir estas líneas un tanto paradójico).
A modo de remate, hemos podido ver como el Derecho y la sociedad van de la mano, cómo evolucionan las normas con el desarrollo de las nuevas tecnologías y la cooperación internacional; de como ya hay países que están implementando una educación del ciudadano global y no regional. Y de esta forma, el desarrollo de la técnica no contribuye en exclusiva al progreso económico, sino también a la salud y bienestar del ciudadano, y así permita al ser humano una evolución aparejada a unos principios éticos, con respecto a él mismo y su condición natural en una sociedad global.
Para la redacción de este artículo se han consultado las siguientes referencias:
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¡Qué bien te expresas y qué importante el derecho!