José Manuel González de la Aleja Sánchez-Camacho | Abogado
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Igualdad. ¿Pero tod@s somos iguales?

Igualdad. ¿Pero tod@s somo iguales?
Jose Manuel González de la Aleja Sánchez-Camacho

Hace unos días volvió a revivir de su breve letargo una cuestión de fondo social, que aunque no la percibamos está muy presente en nuestras vidas. La igualdad de género. La reivindicación de los derechos de la mujer en contrapartida con la ya conseguida estabilidad social de los derechos del hombre. Aunque no deja de ser un asunto controvertido en constante cambio.

No confundamos a priori las tendencias ideológicas extremistas de ambos sexos, sino la asimilación de un cambio social que de no tratarse de una forma sostenida y coherente con la realidad que corresponde a cada uno de los individuos de la sociedad, puede llegar a suponer un conflicto de género; que en algunos casos ya se puede concluir que se está produciendo.

No es poco el camino recorrido por la mujer en la búsqueda de la equiparación social en cuanto a derechos, ya que en el caso de España, en menos de un siglo, dentro de los vaivenes políticos que han acontecido a lo largo de nuestra más reciente historia se han conseguido derechos que hoy día están más que asimilados, tales como: el voto de la mujer en las elecciones, el acceso al trabajo; debido a que la mentalidad que imperaba hasta bien entrado el siglo XX era la necesidad de que la mujer se dedicara a las labores del hogar; sin ánimo de juzgar este hecho histórico, cuestión que simplemente era latente por una realidad social diferente a la nuestra. En conjunto, queda el gran reconocimiento social que engloba este tipo de logros; ya que estaba relegada a una figura secundaria, bajo la autorización del padre o marido.

De todas formas, si hablamos de derechos sociales, no debemos olvidar aquellos que se generan en las relaciones de trabajo. Una de las cuestiones más controvertidas y que aunque de especial relevancia, han sido objeto de uso por los medios de comunicación para poner en la palestra algunas materias concretas. En este caso, hablaremos de los permisos para los exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto.

content_rsc.pngLa principal fuente de problemas está relacionada con el género del beneficiario, debido a que aunque la norma haga referencia a “…los trabajadores…”, utilizando el genérico masculino; no es menos cierto que este permiso según entienden nuestros jueces, únicamente corresponde a la madre. Por tanto, la cuestión en algunos de estos derechos es la siguiente: ¿los permisos de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, corresponde a ambos sexos o es en exclusiva del sexo femenino?

Hasta el día de hoy, se concibe que corresponda a la mujer y no al hombre por la condición biológica  femenina, al menos así lo entienden nuestros tribunales.

Cierto es que no es sólo una cuestión poco debatida. Aunque si vamos al fondo personal del asunto, puede llegar el caso en el que un padre vea la necesidad de acompañar a su pareja a los exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto; sobre todo en aquellos casos en los que se complica el mismo. ¿No tiene también derecho el padre a poder asistir al proceso previo al parto de su hijo?

Sin embargo, los jueces hasta ahora lo consideran una medida específica para la mujer por su condición biológica, y no una discriminación y trato desigual hacia el hombre. Debemos decir que no resulta una cuestión que sea muy reclamada por los varones en cuanto al trato desigual en la aplicación de este derecho; ya que hay soluciones, como recurrir a días de vacaciones, acuerdos de recuperación de horas, etc.

En definitiva, no se trata de una controversia aislada a resolver, sino el esbozo de una realidad social. Hace unos años, no tantos; el enfoque biológico del varón imperaba, resulta algo obvio en nuestra historia. Ahora bien, en el planteamiento paralelo de la mujer conforme a su naturaleza biológica nos vamos a otro extremo; por ello quizás dentro del análisis de las diferencias de cada uno de los puntos de vista, el término de encuentro conlleve entender este tipo de derechos dentro de la conciliación de la vida familiar y laboral de ambos sexos, aparte quedan los intereses políticos y económicos.

Lo que sí es cierto, es que el parto no es una cuestión exclusiva de las mujeres en ciertos aspectos. Tal vez, esta concepción tenga algo que ver con la igualdad.

1010136968512278.jpgDe la misma forma, cambiar la perspectiva de los condicionantes biológicos por una creencia sobre la necesidad de conciliar la vida familiar y laboral de ambos sexos, podría suponer que se favorezca la inserción de la mujer en ese ámbito ya que ambos progenitores tendrían los mismos motivos de ausencia en el trabajo; resultando posiciones e intereses totalmente iguales.

No queremos decir que las empresas tengan que llevar este coste como penitencia, sino concebir el embarazo y el parto de una forma que pueda llegar a naturalizar esta situación y no sea  una mera cuestión de conflictos que se enfoquen en los motivos económicos. Concibiéndolos como derechos para garantizar la salud de la madre y del hijo, así como, la conciliación de la vida familiar y laboral tanto de la madre y del padre.

Llegará a asimilarse con el tiempo, del que la sociedad dispone y como en sus cambios llevará aparejada su reflejo en las normas, ciencias, artes y todo aquello que engloba nuestra forma de vida e identidad social. Tal vez lo planteado sea utópico, aunque ya hay estudiosos en la materia que lo reivindican. Como en todo, el cambio social será  tratado conforme a su tiempo y lo pasado, pasado está.

“Vivimos en un momento de la historia donde el cambio es tan acelerado que empezamos a ver el presente sólo cuando ya está desapareciendo.” Ronald Laing (1927-1989)  Psiquiatra escocés.

 

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