Sanciones más duras para los ladrones en el medio rural, con la reforma del Código Penal

La nueva normativa supone la disponibilidad de un instrumento para que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado puedan desempeñar su trabajo y frenar la delincuencia en las explotaciones agropecuarias

Objetivo CLM - ASAJA
Martes, 30/06/2015 | Región | Portada, Sociedad

A partir de mañana 1 de julio los delincuentes de  explotaciones agrarias y ganaderas serán castigados con sanciones más duras gracias a la entrada en vigor de la reforma del Código Penal. Por este motivo, según la Asociación Agraria-Jóvenes Agricultores (ASAJA) de Castilla-La Mancha los ladrones y los vendedores de material robado deberán tener en cuenta que termina la laxitud del sistema judicial contra este tipo de delitos enfrentándose a penas de cárcel mientras los agricultores dejarán de estar desamparados por la normativa vigente hasta ahora. 

ASAJA CLM valora así la puesta en marcha de una vieja reivindicación de la Organización Agraria que evitará sucesos como el acontecido la semana pasada en Ciudad Real, donde cinco delincuentes, apresados por la Guardia Civil y acusados de ser los autores de 25 robos en varios municipios manchegos, fueron puestos en libertad poco después de ser detenidos. 

La nueva normativa supone la disponibilidad de un instrumento para que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado puedan desempeñar su trabajo y para evitar la grave desprotección e inseguridad para quienes sufren los hurtos y los robos. 

Principales novedades

Entre las principales novedades, destaca que, por primera vez en la legislación penal española, se modifica la tipificación de los hurtos, que pasan a ser considerados delitos leves en vez de faltas, y se agravan el delito de receptación y la multirreincidencia.
    
Los hurtos comportarán un aumento del castigo especialmente en tres casos. Primero, si el valor de lo sustraído es menor de 500 euros pero el robo provoca un perjuicio grave a la explotación, el delito será castigado con pena de 1 a 3 años de prisión. Asimismo, se considera también como delito de hurto agravado, sancionado con la misma pena, la sustracción de conducciones, cableado, o equipos de suministro eléctrico, de hidrocarburos o de telecomunicaciones.

En el caso de  de reincidencia, se contempla también un tipo agravado aplicable a los delincuentes habituales, que anteriormente eran condenados por faltas de hurto y ahora podrán ser condenados por un delito de hurto agravado castigado con penas de uno a tres años, cuando ya hayan sido condenados por tres delitos patrimoniales.

Y en el caso de robos con fuerza (para acceder o abandonar la explotación o ejerciendo violencia o intimidación en las personas), la reformad el Código Penal mantiene una pena de 1 a 3 años. Pero, como novedad, cuando concurra la circunstancia especial de tratarse de productos agrarios o ganaderos, o de los instrumentos o medios usados para su obtención, la pena de cárcel aumentará de 2 a 5 años.

Otra novedad importante, también reclamada por ASAJA de Castilla-La Mancha y que se incorpora ahora al texto es la agravación del delito de receptación, es decir la compra de bienes robados. Las penas por este delito serán de uno a tres años de prisión (antes se establecía entre seis meses a dos años), y se verán agravadas cuando el mismo se realice en establecimientos o locales mercantiles, imponiendo además de la pena de prisión una multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión.

Desde la organización agraria se mantiene que los hurtos y robos en las explotaciones agrarias están directamente relacionados con las compra-ventas ilícitas que se realizan de los productos sustraídos, por lo que se considera muy positiva la incorporación de esta medida.

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