A partir de la fecha indicada será imprescindible solicitar la cita previa para realizar cualquier gestión en las Intervenciones de Armas de cada una de las provincias de esta CCAA. Se ha establecido un periodo transitorio en el que se seguirá atendiendo sin cita, si bien, la atención preferente la tendrán aquellos ciudadanos que sí dispongan de cita previa.
Nuevo sistema de Cita Previa en las Intervenciones de Armas de Castilla-La Mancha>> Desde el pasado 9 de Abril la Guardia Civil ha implantado este sistema en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para mejorar la calidad en la Atención al CiudadanoObjetivo CLM En las Intervenciones de Armas y Explosivos de la Guardia Civil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, desde el pasado 9 de abril se ha implantado un nuevo sistema de cita previa para que el ciudadano y empresas del sector (armerías, empresas de seguridad privada, gestarías, etc.,) pueda realizar cualquier tipo gestión relacionada con la expedición de licencias u otros trámites administrativos relacionados con este servicio. A partir de la fecha indicada será imprescindible solicitar la cita previa para realizar cualquier gestión en las Intervenciones de Armas de cada una de las provincias de esta CCAA. Se ha establecido un periodo transitorio en el que se seguirá atendiendo sin cita, si bien, la atención preferente la tendrán aquellos ciudadanos que sí dispongan de cita previa. ¿Dónde se pueden solicitar las citas? Las citas se podrán solicitar a través de Internet, en el enlace http://run.gob.es/citagc. No obstante, aquellos ciudadanos que no dispongan de este medio, podrán solicitarlo por teléfono en su Intervención de Armas y Explosivos. Los teléfonos de las Intervenciones de Armas de las provincias de esta CCAA son los siguientes: Toledo: 925.22.59.00 ext. 192; Ciudad Real: 926.27.11.70; Albacete: 967.19.22.57; Guadalajara 949.24.79.79; Cuenca: 969.22.05.00 ext 285. ¿Qué trámites podrán realizarse con el sistema de cita previa? Se podrá solicitar cita previa con cuatro semanas de antelación para la realización de cualquier trámite con las intervenciones de Armas y Explosivos. No obstante, los ciudadanos estarán exentos del uso de este sistema en los siguientes casos: - Para el depósito de las armas, por motivos de seguridad ciudadana. - Para la presentación de la documentación de trámites de mejora, de audiencia o recursos administrativos, para poder cumplir con los plazos establecidos.
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