La modificación de la Ley de Colegios Profesionales refuerza las garantías de consumidores y usuarios, aumenta la transparencia y suprime cargas administrativas

>> Se vota hoy su aprobación en las Cortes regionales

  • El consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina, ha subrayado el carácter eminentemente técnico de esta reforma normativa, que permitirá adecuar la ley autonómica al nuevo marco normativo básico.

La modificación de la Ley de Colegios Profesionales refuerza las garantías de consumidores y usuarios, aumenta la transparencia y suprime cargas administrativas
Objetivo CLM
Miércoles, 29/07/2020 | Toledo | Región | Portada, Sociedad, Economía

El consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, Juan Alfonso Ruiz Molina, ha instado a los grupos políticos con representación en las Cortes regionales a aprobar por unanimidad la modificación de la Ley de Creación de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha, ya que refuerza las garantías de los consumidores y usuarios, aumenta la transparencia de los colegios profesionales y suprime cargas administrativas injustificadas en el ejercicio de las profesiones colegiadas.

Ruiz Molina ha resaltado estas mejoras que incorpora el proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 10/1999, de 26 de mayo, de creación de Colegios Profesionales de Castilla-La Mancha, durante el debate del Dictamen emitido por la Comisión de Asuntos Generales sobre este proyecto de Ley.

Se trata de una reforma legislativa de carácter eminentemente técnico, ha defendido Ruiz Molina, ya que permite adecuar la ley autonómica al nuevo marco normativo básico resultante de las modificaciones operadas en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, que es la norma que regula a estas organizaciones en España.

Estas modificaciones en la ley estatal tienen su causa en el proceso liberalizador acometido por la Directiva Europea 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior, y han supuesto un cambio sustancial en la configuración jurídica de los colegios profesionales.

Por otro lado, en la reforma legislativa planteada por el Gobierno de Castilla-La Mancha también se atiende y se da cumplimiento a la sentencia 69/2017, de 25 de mayo, del Tribunal Constitucional relacionada con la exención de la colegiación obligatoria a los empleados públicos de Castilla-La Mancha.

El titular de Hacienda y Administraciones Públicas ha resaltado durante su intervención el impacto positivo que tienen los colegios profesionales, no solamente en el mundo económico y del empleo, sino también en el ámbito social, por lo que “son instituciones que se deben primar y consolidar al ir en beneficio de la ciudadanía”.

Igualmente, Ruiz Molina ha querido poner en valor que parte de la tramitación de esta modificación normativa se ha llevado a cabo durante el estado de alarma, “lo que pone de manifiesto que la Administración regional, gracias a sus empleados públicos, no ha parado durante ese periodo”.

En la intervención desde la tribuna de oradores, el consejero de Hacienda y Administraciones Públicas ha resumido en cuatro los aspectos fundamentales del proyecto de Ley que hoy se va a votar en las Cortes regionales.

El primer punto clave, ha indicado Ruiz Molina, es que clarifica que el legislador estatal es el único competente para determinar los supuestos en los que la colegiación es obligatoria y, por consiguiente, se suprime la previsión de la ley autonómica que atribuía dicha facultad a las Cortes de Castilla-La Mancha.

En cuanto al segundo punto clave, Ruiz Molina ha resaltado que se trata de la eliminación del articulado de todos los preceptos que imponen restricciones o barreras a la libre circulación de los colegiados y al ejercicio de las profesiones colegiadas, así como al ejercicio de la profesión en forma societaria.

Entre los ejemplos de liberalización en el ejercicio de las profesiones colegiadas que introduce la nueva normativa, Ruiz Molina ha mencionado que se permitirá el ejercicio profesional de forma societaria, que los colegios no podrán imponer la obligación de visar los trabajos profesionales y solo se exigirá a petición expresa de los clientes o cuando así lo establezca el Gobierno mediante Real Decreto y que se prohibirá la recomendación sobre honorarios.

El consejero de Hacienda y Administraciones Públicas ha mencionado como otro de los puntos clave de esta modificación normativa la incorporación de normas orientadas a reforzar las garantías de los consumidores y usuarios y a potenciar la transparencia de los colegios profesionales, regulando la necesidad de que las organizaciones colegiales dispongan de página web, servicio de ventanilla única y servicio de atención a los consumidores y usuarios y a los colegiados, así como la necesidad de elaborar una memoria anual.

De esta manera, “además de aumentar la transparencia en su funcionamiento, estas modificaciones contribuirán a adaptar las organizaciones colegiales a la implantación y uso de medios electrónicos y, por tanto, a su modernización”, ha subrayado Ruiz Molina.

El cuarto y último punto clave de esta reforma legislativa es que mejora determinados aspectos desde el punto de vista de la técnica legislativa, eliminando, por ejemplo, artículos que se limitan a reproducir el contenido de normas básicas.

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