La jueza de Guadalajara confirma el juicio a puerta cerrada de las #8deCaixabank y se enzarza con la fiscalía Objetivo CLM El auto dictado por la magistrada del Juzgado de lo Penal nº1 desestima el recurso presentado por las defensas, donde confirma la decisión de celebrar este juicio a puerta cerrada "por razones de moralidad, orden público y salubridad", reza la resolución. Según la jueza "la posibilidad de concurrir un ingente número de ciudadanos a las dependencias de los Juzgados que puedan encontrarse en las mismas condiciones que los ahora acusados y el interés que suscita su evacuación para los medios de comunicación, hace oportuno y prudente que la Vista se desarrolle a puerta cerrada para evitar circunstancias adversas que podrían poner en peligro la seguridad personal de los intervinientes". De acuerdo a esto, la magistrada atribuye a las personas que interesadas en acudir a este juicio y a los medios de comunicación un potencial peligro para la seguridad. Dicho argumento, señalan desde la Plataforma Antirrepresiva de Guadalajara, es de una gravedad extrema en boca de un tribunal. "Atribuye a quienes tienen derecho, repetimos, tienen derecho, a asistir a un juicio público el papel de alborotadores, o como dice la jueza, "encontrarse en las mismas condiciones" que los acusados, vulnerando con estos mimbres una garantía esencial del procedimiento; en síntesis, ya ha prejuzgado a los #8deCaixabank y a quienes estamos interesadas en su absolución", señalan desde la Plataforma. La resolución se adopta además en contra del criterio de la Fiscalía de Guadalajara, quien mediante informe del 16 de marzo resolvió adherirse al recurso presentado por las defensas en favor "de un juicio público con todas las garantías". Según el fiscal Bernardino Díaz, que es quien firma el escrito de acusación, "las partes tienen el derecho a que el juicio sea público, no constando motivo alguno en la resolución objeto del presente recurso para que el acto de la vista del juicio oral se tenga que celebrar a puerta cerrada." "Todo ello, sin perjuicio de que se limite el acceso a la sala de vista, teniendo en cuenta el aforo de la misma; y que si se prevé la posibilidad de algún altercado, se ponga en conocimiento de las Fuerzas de Seguridad del Estado, para que se pueda garantizar que la celebración del juicio se pueda llevar a cabo con todas las garantías legales para todas las partes intervinientes." El argumento COVID, en contra del criterio del Tribunal Superior de Justicia Asimismo, la magistrada también ha recurrido al argumento COVID para justificar su decisión, en contra del criterio del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. La magistrada se atribuye en su resolución un papel de "garante de la seguridad colectiva y la salubridad" y argumenta la supresión de la garantía de la audiencia pública como "forma de evitar contagios" ya que "no hay ninguna instrucción procedente del Ministerio de Justicia, Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y Decanatos de los Juzgados". Sin embargo, desde el equipo legal que defiende a la Plataforma, que dirige el abogado Francisco García Cediel, señalan que dicho argumento es "rotundamente falso". Precisamente es el propio Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha quien, desde el 14 de diciembre, acordó levantar todas las restricciones COVID de acceso a las sedes judiciales. En efecto, la Sala de Gobierno difundió un acuerdo adoptado por el tribunal regional donde se suprimían todas las limitaciones sanitarias impuestas en su día e instruía a juzgados y tribunales inferiores a "que no se apliquen con carácter sistemático limitaciones de aforo y acceso del público a las salas de vistas y actos procesales con audiencia pública". Si bien dicha instrucción incluye un resquicio de "limitación", tal limitación "debe estar justificadísima, por afectar a derechos fundamentales", sostienen desde la defensa. Falta de imparcialidad La actuación de la jueza Molina Mansilla apunta serios indicios de "falta de imparcialidad objetiva, ya que las premisas que utiliza para suprimir la garantía de la audiencia pública están basadas, por un lado en un prejuicio ideológico, y por otro, en una mentira. En este escenario, ¿va a ser un juicio justo?, ¿alguien en su sano juicio se pondría en manos de esta jueza?", se preguntan desde la Plataforma. No obstante, el juzgado ha acordado la suspensión del juicio previsto para el próximo 5 de abril, a la espera de que las defensas recurran en apelación ante la Audiencia Provincial la decisión de celebrar el juicio a puerta cerrada, "una práctica judicial cada vez más extendida sobre todo en aquellos procesos que despiertan indignación social. Estamos hablando de aquellos procesos judiciales, cada vez más habituales, donde se juzga a activistas, militantes sociales o sindicalistas y donde se pone en tela de juicio derechos esenciales como el derecho a la protesta o a la libertad de expresión", recuerdan. |
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