Huelga Air Europa: OCU recuerda afectados derecho al reembolso del billete e indemnización adicional

Ante la confirmación de la huelga por la compañía aérea, la Organización de Consumidores y Usuarios recuerda a los afectados que pueden reclamar una compensación de hasta 600 euros.

Dicha compensación podría acompañarse, además, de la solicitud de una indemnización por los perjuicios causados. Una y otra deberán solicitarse por escrito a Air Europa.

OCU insta a la aerolínea a que efectúe el pago de los importes correspondientes de manera voluntaria y no obligue a los consumidores a iniciar una mediación o a ir a juicio.

Huelga Air Europa: OCU recuerda afectados derecho al reembolso del billete e indemnización adicional
Objetivo CLM
Lunes, 22/05/2023 | Madrid | Nacional | Sociedad, Economía

Ante la confirmación de la huelga de Air Europa anunciada por el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (SEPLA), para los días 22, 23, 25, 26, 29 y 30 de mayo y el 1 y 2 de junio, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda a los viajeros afectados que, además de su derecho al reembolso del precio del billete (que deberá realizarse en un plazo máximo de siete días), pueden reclamar una compensación adicional según la distancia y el ofrecimiento o no de un vuelo alternativo:

  • Vuelo de hasta 1.500 km: 250 euros (125 euros si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 2 horas).
  • Vuelo de entre 1.500 y 3.500 km (o vuelo dentro de la UE de más de 1.500 km): 400 euros (200 si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 3 horas).
  • Vuelo de 3.500 km o más que salga fuera de la UE: 600 euros (300 euros si te ofrecen viajar al destino con una demora de no más de 4 horas). 

El pasajero tiene derecho, además, a una indemnización por los perjuicios causados que se puedan demostrar. Por ejemplo, la pérdida de otro vuelo ya contratado que estuviera vinculado al primero.

 

OCU recuerda a los usuarios que pueden comprobar la situación del vuelo en la página web de la compañía o de AENA, antes de desplazarse al aeropuerto correspondiente. Además, cualquier compensación o indemnización hay que solicitarla por escrito, directamente a la aerolínea, a través de su página web o en el mostrador del aeropuerto, dejando constancia de las circunstancias y la fecha, o bien a través de la agencia de viajes o la plataforma a través de la que se pagó el servicio.

 

Ante esta situación, la Organización espera que no se repita el escenario del habitual de reticencia de las compañías a pagar de manera voluntaria a los pasajeros afectados.

 

En todo caso, OCU luchará por defender los intereses de los afectados, tal y como hizo hace cuatro años, ante la pasividad de Ryanair, que tuvo que presentar una acción colectiva en representación de los viajeros afectados, resultando posteriormente, que, en sede judicial, la aerolínea ha reconocido las cantidades reclamadas en su práctica totalidad.

  • Información ampliada con consejos para saber qué hacer y cómo reclamar en caso de cancelación de vuelos.

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