Marchamalo decreta la suspensión de sus actividades para ralentizar la expansión del COVID-19

>> Estas medidas serán de aplicación, inicialmente, entre el 12 y el 27 de marzo

Marchamalo decreta la suspensión de sus actividades para ralentizar la expansión del COVID-19
Objetivo CLM
Miércoles, 11/03/2020 | Marchamalo | Guadalajara | Portada, Sociedad, Salud, Coronavirus

De acuerdo a las medidas acordadas entre los Ayuntamientos de Marchamalo, Alovera, Azuqueca de Henares y Cabanillas del Campo, y en base a las recomendaciones del Ministerio de Sanidad respecto a la Comunidad de Madrid como medida de prevención y contención de la epidemia vírica provocada por el coronavirus COVID-19, y ante la cercanía e interrelación constante de nuestro municipio con la región vecina, considerada Zona de Transmisión Significativa, el Alcalde de Marchamalo ha decretado la suspensión de todas las actividades de competencia municipal y el cierre de determinadas instalaciones públicas a partir de mañana día 12 de marzo y hasta el día 27 de marzo, inicialmente.

11 de marzo de 2020. En el marco de las competencias municipales del Ayuntamiento de Marchamalo, y por decreto de Alcaldía cursado hoy, se procede a tomar las siguientes medidas excepcionales a partir de mañana, día 12 de marzo, y hasta el próximo día 27 de marzo. Esta última fecha no es definitiva, ya que las incidencias en la evolución de los contagios por coronavirus COVID-19 en la zona del Corredor del Henares determinará la continuidad o no de estas medidas, siempre en virtud de las recomendaciones que vaya haciendo el Ministerio de Sanidad y la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Por tanto, se establecen las siguientes medidas preventivas de salud pública:

  1. Suspender todos los eventos culturales, deportivos y sociales de gestión municipal que contemplan la afluencia de público, los cuales se reprogramarán en el futuro en la medida en que la expansión del virus vaya remitiendo, siempre de acuerdo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
  2. Suspender todas las actividades y servicios deportivos, culturales y de ocio de gestión municipal que conllevan la agrupación de personas para su desarrollo.

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