Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 6/2024 el 5 de noviembre, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha implementado un plan de respuesta inmediata para asistir a los afectados por las recientes inundaciones causadas por la DANA en las comunidades de la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía, Illes Balears y Aragón. La DGT facilitará la gestión de bajas temporales de vehículos dañados, duplicados de permisos de circulación y otros trámites, eximiendo de tasas y reduciendo la documentación a una declaración responsable.
La baja temporal de oficio de los vehículos afectados se hará sin coste, permitiendo que los propietarios eviten el pago del impuesto de circulación en enero de 2025. Esta medida se aplicará automáticamente a los vehículos reportados por el Consorcio de Compensación de Seguros y las autoridades de la Comunidad Valenciana. Los dueños de vehículos no identificados en esta lista podrán solicitar la baja a través de los canales habilitados: la página web de la DGT, el teléfono 060, las oficinas de tráfico de Valencia, o mediante gestores administrativos autorizados.
Trámites extraordinarios y cómo solicitarlos
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Baja temporal de vehículos: Los propietarios pueden realizar la solicitud mediante una simple declaración responsable. Este trámite exime del pago del impuesto de circulación, beneficiando a aquellos que, debido a los daños, mantienen el vehículo fuera de circulación.
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Duplicado del permiso de conducir: Quienes hayan perdido su carné de conducir o necesiten un duplicado por destrucción podrán solicitarlo sin coste adicional a través de los mismos canales.
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Baja definitiva de vehículos: Para vehículos irreparables, se deberá coordinar la baja definitiva con un Centro Autorizado de Tratamiento Medioambiental (CAT) para su descontaminación y destrucción.
Facilidades a través de MiDGT
La aplicación móvil MiDGT ofrece acceso directo a la documentación de vehículos y permisos de conducir electrónicos, con validez legal en todo el territorio español.
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