● Se incidirá en los accesos a los establecimientos comerciales, farmacias, centros de salud, hospital y en general establecimientos que permanecen abiertos durante la vigencia del Estado de Alarma.
Valdepeñas procede a la desinfección de calles a través del decreto que contempla nuevas medidasObjetivo CLM El Ayuntamiento de Valdepeñas ha aprobado por decreto la realización de tareas de desinfección de las vías públicas cada cinco horas, especialmente en aquellas que dan acceso a los establecimientos comerciales como supermercados, farmacias, centros de salud, hospital y, en general, establecimientos que permanecen abiertos durante la vigencia del Estado de Alarma. La realización de este servicio será coordinada por el responsable de riesgos laborales del Ayuntamiento de Valdepeñas, a cuyos efectos podrá impartir las instrucciones correspondientes al servicio de medioambiente y a la empresa CESPA. Este servicio se prestará hasta que comience a remitir la pandemia de COVID-19 y se suma a otras nuevas medidas aprobadas como la reducción de número de trabajadores para desarrollar las actividades obligatorias para el desarrollo habitual de la administración. Se establecen unos servicios mínimos municipales, diferentes turnos que se desarrollarán o bien presencialmente o si fuera posible mediante teletrabajo. El director de la Escuela de Música y Danza podrá adoptar las medidas oportunas para la impartición de clases por videoconferencia. DECRETOS Jueves 12 / 03 /20 Decreto Se instalarán a la mayor brevedad posible dispensadores desinfectantes de manos en el hall de todos los edificios públicos de titularidad Municipal. Se habilitarán en la página Web Municipal un enlace al Ministerio de Sanidad donde se informa de las medidas y precauciones a tener en cuenta frente al coronavirus. Queda suspendido para el jueves 12 y hasta nueva orden el Mercadillo Municipal. Se suspenden todos los eventos culturales, deportivos y sociales de gestión No se permite la estancia de más de QUINCE PERSONAS de aforo en los Museos Municipales, Salas de Exposiciones y otras dependencias. En las Salas de estudio de la biblioteca municipal se guardará una distancia mínima de dos metros entre los usuarios. A estos efectos se habilitan las salas de usos múltiples del Centro Cultural “La Confianza” con las mesas y sillas que se requieran, dentro de los espacios disponibles. Para la actuación programada EL VIERNES 20 de la artista INOA ARTETA, y salvo que la artista decida suspender / SUSPENDIO Las entidades deportivas ajenas al Ayuntamiento que participan en competiciones oficiales deberán comunicar individualmente su decisión de continuar o no con sus entrenamientos y encuentros, teniendo en cuenta que se deberán celebrar de acuerdo a las indicaciones del Consejo Superior de Deportes. A este respecto se tendrán en consideración: Se establecerán controles de temperatura en el acceso a todas las instalaciones deportivas, mediante termómetros digitales y se derivará a los servicios médicos a toda persona que de una temperatura igual o mayor a TREINTA Y SIETE GRADOS. No se cederán las instalaciones deportivas a clubes o asociaciones que pretendan realizar actividades con concentraciones de personas. Los servicios públicos municipales ordinarios permanecerán abiertos suspendiendo las actividades que conlleven agrupación de personas. La atención al ciudadano se realizará de forma normalizada, si bien se ruega a la ciudadanía que utilice los servicios telemáticos y solo lo haga presencialmente en caso de ser estrictamente necesario. El sistema del control horario del personal del Ayuntamiento se llevará a cabo mediante móvil u ordenador. El servicio de atención a la ciudadanía vía telefónica o electrónica funcionará con normalidad y con la asistencia necesaria para aquellas personas que lo requieran. Los cursos de formación que se estén ejecutando se realizaran con una separación mínima de dos metros entre alumnos/as. En la Escuela de Música y Centro Infantil de Infancia (guardería) se tomará a la entrada a dichas instalaciones la temperatura a todos los usuarios mediante termómetros digitales y se derivará a los servicios médicos a toda persona que de una temperatura igual o mayor a TREINTA Y SIETE GRADOS. Con carácter general quedan suspendidas: Ligas locales deportivas municipales o la programada por colectivos en instalaciones municipales. Todas las actividades de la Biblioteca Municipal, incluidos los talleres de lectura que realizan los colectivos, salvo el préstamo y aulas de estudio. Todas las actividades de los colectivos en los Centros Sociales Municipales. Los Talleres de Artes Plásticas. Los cursos de formación que no se estén ejecutando. El I Congreso Nacional de Protección Civil y Drones programado para el 23 de abril, queda pospuesto a una fecha por definir. Para la seguridad de los trabajadores públicos, si estos lo requirieran, se les facilitara mascarillas y/o guantes para el desarrollo de su actividad laboral. Viernes 13 / 03 / 2020 Decreto: VISTO el Decreto 8/2020 de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, Adoptar las siguientes medidas de contención con carácter extraordinario: Escuela de Música. Suspender todas actividades con presencia de usuarios/as y público en los siguientes servicios municipales: Museos - Yacimiento Arqueológico “Cerro de las Cabezas” Con carácter excepcional y al no prestarse servicio en la Escuela de Música y Universidad Popular, el personal laboral fijo de plantilla adscrito al citado servicio disfrutará de 11 días hábiles de vacaciones a partir del día 16 de marzo de 2020. Con carácter excepcional y al darse el supuesto de paralización de la actividad, como consecuencia de una decisión externa impuesta por las autoridades sanitarias, y de conformidad con lo previsto en el art. 45.1.i) del Estatuto de los trabajadores, se suspenderá temporalmente los contratos de trabajo, mientras dure la situación de alerta sanitaria del personal laboral no fijo adscrito a los servicios de Escuela de Música, Escuela Infantil, Oficina de Turismo, Universidad Popular y Centro Mayores “Lucero” (salvo la Directora del Centro de Mayores “Lucero” que continuará prestando servicios por las características propias del Centro). Al no disponer este Ayuntamiento de medidas de control para que el personal de esta Administración pueda prestar sus servicios, mediante teletrabajo, no se admitirá esta modalidad de prestación de servicio. Para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, del personal municipal con cargas familiares, podrán obtener, previa la solicitud correspondiente, un permiso retribuido durante el periodo de alerta sanitaria siempre que se recupere la correspondiente jornada laboral mediante modificación de la misma o su recuperación a lo largo del periodo que se determine en el Decreto de concesión y de conformidad con la solicitud citada. Poner en conocimiento de las empresas prestadoras de servicios afectadas por el cierre de los servicios antes mencionados que cesarán de realizar las labores correspondientes con las oportunas repercusiones económicas, en su caso. (SAC España, Podólogo y Peluquera del Centro de Mayores “Lucero”, Cruz Roja y Cespa). Lunes 16 / 03 / 2020 (El sábado por la noche se decretó la Alarma Sanitaria). Decreto Dada cuenta de la omisión detectada en el Decreto de fecha 13 de marzo de 2020, en el que debería constar, entre los Centros Municipales en que queda suspendida toda actividad, el Centro de la Juventud, HE RESUELTO Ampliar el ámbito de aplicación del Decreto de fecha 13 de marzo de 2020, que queda redactado como sigue: Adoptar las siguientes medidas de contención con carácter extraordinario: Escuela de Música. Suspender todas actividades con presencia de usuarios/as y público en los siguientes servicios municipales: Museos - Yacimiento Arqueológico “Cerro de las Cabezas” Lunes 16 / 03 / 2020. Decreto 2 Aprobar las siguientes medidas de contención de la epidemia del COVID-19: Servicio de atención al público municipales: Salvo para el personal que desempeñe su labor profesional en las distintas dependencias municipales, se suspende el acceso de la población a los edificios, instalaciones y dependencias de este Ayuntamiento en los que se presten servicios de carácter no sanitario. A estos efectos, la ciudadanía podrá utilizar los servicios que se prestan telemáticamente accediendo a la sede electrónica municipal (https://sedeelectronica.valdepenas.es). A estos efectos, los ciudadanos podrán recibir asistencia técnica telefónica llamando al teléfono 926 329 200 en la extensión 373. La atención presencial se llevará a cabo, excepcionalmente en el servicio de Registro, de tal modo que se controlará el acceso al mismo para que puedan acceder a cada uno de los puestos de atención al público de manera individual y respetando la distancia mínima de un metro. Así mismo la citada de atención al público se llevará a cabo, excepcionalmente, en los servicios situados en las oficinas de la Casa Consistorial y que no puedan prestarse electrónicamente. Zona azul: Queda suspendida por plazo de quince días la reserva de aparcamiento de zona azul. Parques públicos: Permanecerán cerrados al uso público los parques y jardines públicos, incluido el parque canino, situado en la avenida de Castilnuevo, así como los parques y zonas de juegos infantiles. A estos efectos se llevará a cabo el cerramiento de las citadas zonas de juegos infantiles mediante cinta señalizadora.. Se suspende la celebración de Comisiones Informáticas, incluida la convocada para el día de hoy. Bodas: Las bodas civiles celebradas en este Ayuntamiento, se realizarán a puerta cerrada, con la asistencia exclusiva de los contrayentes y testigos. Bonificaciones fiscales: El Ayuntamiento de Valdepeñas estudiará la aprobación de bonificaciones fiscales de tributos de su competencia para paliar en la medida de lo posible los efectos económicos de la Declaración del Estado de Alarma. Apertura de dependencias municipales en horario de tarde o de dependencias cerradas en virtud de los Decretos dictados para paliar los efectos de la epidemia sanitaria: El personal de este Ayuntamiento o Concejales que necesiten entrar en dependencias municipales que permanezcan cerradas habrán de contactar telefónicamente con la Secretaría particular del Alcalde (extensión 253) para el acceso a la Casa Consistorial y con la Policía Local para el acceso al resto de las dependencias municipales y excepcionalmente para el acceso a la Casa Consistorial. Lunes 16 / 03 / 2020. Decreto 3 Apreciado error en el Punto 5 del Decreto de Alcaldía número 2020D00980, La siguiente modificación: Donde dice “5. Se suspende la celebración de Comisiones Informáticas, incluida la convocada para el día de hoy”, debe decir “5. Se suspende la celebración de Comisiones Informativas, incluida la convocada para el día de hoy”, Martes 17 / 03 / 2020. Decreto VISTO el Decreto 8/2020 de la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla la Mancha, sobre medidas extraordinaria a adoptar con motivo del coronavirus, y visto el Decreto de esta Alcaldía de 12 de marzo de 2020 sobre medidas de contención de la epidemia de coronavirus en la ciudad de Valdepeñas, con fecha 13 de marzo del corriente, se adoptaron acuerdo por Decreto de Alcaldía números 2020D00959 y 2020D00963 sobre las MEDIDAS DE CONTENCIÓN DE CARACTER EXTRAORDINARIO DEBIDO A LA EPIDEMIA DECORONAVIRUS EN LA CIUDAD DE VALDEPEÑAS. Ampliar el ámbito de aplicación del Decreto número 2020D00963 de fecha 13 de marzo de 2020, que queda redactado como sigue: Adoptar las siguientes medidas de contención con carácter extraordinario: 1. Suspender todas las actividades prestadas en los siguientes servicios municipales: Escuela de Música. Museos - Yacimiento Arqueológico “Cerro de las Cabezas” 3. Con carácter excepcional y al no prestarse servicio en Casa de la Juventud, Escuela de Música y Universidad Popular, el personal laboral fijo de plantilla adscrito a los citados servicios disfrutarán de 11 días hábiles de vacaciones a partir del día 16 de marzo de 2020. 4. Con carácter excepcional y al darse el supuesto de paralización de la actividad, como consecuencia de una decisión externa impuesta por las autoridades sanitarias, y de conformidad con lo previsto en el art. 45.1.i) del Estatuto de los trabajadores, se suspenderá temporalmente los contratos de trabajo, mientras dure la situación de alerta sanitaria del personal laboral no fijo adscrito a los servicios de Centro de la Juventud, Escuela de Música, Escuela Infantil, Oficina de Turismo, Universidad Popular, Profesores del Taller de Artes Plásticas “Daniel de Campos” y Centro Mayores “Lucero” (salvo la Directora del Centro de Mayores “Lucero” que continuará prestando servicios por las características propias del Centro). 5. Al no disponer este Ayuntamiento de medidas de control para que el personal de esta Administración pueda prestar sus servicios, mediante teletrabajo, no se admitirá esta modalidad de prestación de servicio. 6. Para facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, del personal municipal con cargas familiares, podrán obtener, previa la solicitud correspondiente, un permiso retribuido durante el periodo de alerta sanitaria siempre que se recupere la correspondiente jornada laboral mediante modificación de la misma o su recuperación a lo largo del periodo que se determine en el Decreto de concesión y de conformidad con la solicitud citada. Miércoles 18 / 03 / 2020. Decreto Vista la Orden TMA/229/2020, de 15 de marzo, por la que dictan disposiciones respecto al acceso de los transportistas profesionales a determinados servicios necesarios para facilitar el transporte de mercancías en el territorio nacional. RESULTANDO que en la Nacional IV y carreteras nacionales de este Término Municipal se encuentra abiertos establecimientos de suministro de combustible. HE RESUELTO Requerir a la Policía Local de este Ayuntamiento para que ponga en conocimiento de los establecimientos de suministro de combustible instalados en las carreteras de este Término Municipal lo siguiente: PRIMERO: Que los citados establecimientos han de dar estricto cumplimiento a la Orden Ministerial, de tal modo que: deberán permitir a los transportistas profesionales: El uso del WC y restantes servicios sanitarios. SEGUNDO. Recomendar a los mencionados establecimientos que para tratar superficies, especialmente metálicas que es donde más tiempo perdura el coronavirus, puede usarse el siguiente desinfectante que puede confeccionarse de un modo fácil: diluir un litro de legía en 200 litros de agua o en la cantidad proporcional oportuna. Para manipular dicha combinación es necesario el uso de guantes y nunca mezclarlo con alcohol u otros ácidos como aguafuerte. Miércoles 18 / 03 / 2020. Decreto 2 CONSIDERANDO que es oportuno adoptar todas las medidas al alcance de esta Corporación para evitar la transmisión del COVID-19. PRIMERO. Realizar cada cinco horas el baldeo de las vías públicas que dan acceso a los establecimientos comerciales, farmacias, centros de salud, hospital y en general establecimientos que permanecen abiertos durante la vigencia del estado de alarma. SEGUNDO. La realización de este servicio será coordinada por el Responsable de riesgos laborales del Ayuntamiento de Valdepeñas, a cuyos efectos podrá impartir las instrucciones correspondientes al servicio de medioambiente y a la empresa CESPA. TERCERO. Las zonas de baldeo se distribuirán entre los trabajadores de Medioambiente y la empresa CESPA, según disponga el Coordinador antes mencionado. A estos efectos se establecerá la jornada partida para los trabajadores correspondientes de Medioambiente. Miércoles 18 / 03 / 2020. Decreto 3 RESULTANDO que Dada cuenta de la excepcional situación creada como consecuencia de la pandemia originada por el coronavirus COVID-19, en el marco del estado de alarma recientemente acordado en virtud del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, publicado en el BOE número 67, de igual fecha. Vistos los Decreto de esta Alcaldía número 2020D00936, 2020D00959, 2020D00963, 2020D00980, 2020D00984 y 2020D00989 por los que se adoptan medidas de contención con carácter extraordinario. Se propone la adopción del siguiente acuerdo: SEGUNDO: Suspender todas actividades con presencia de usuarios/as y público en los siguientes servicios municipales: Casa Consistorial. En definitiva, en todas las dependencias municipales Los ciudadanos podrán acceder a las dependencias de la Policía Local en caso de urgencia o necesidad, adoptando las medidas de distancia de seguridad recomendadas por las autoridades sanitarias. TERCERO: Organización de recursos humanos: 1.1. Para reducir el número de trabajadores que simultáneamente desarrollan sus funciones y con ello, la posibilidad de contagio, pueden establecerse las siguientes medidas a) Establecer unos servicios mínimos.- Los trabajadores realizarán su jornada habitual en días alternos, debiéndose coordinar para que todos los servicios municipales cuenten al menos con un trabajador. Aquellos trabajadores que en los días alternos no tenga que acudir presencialmente al su centro de trabajo deberán plantear ante su responsable directo o jefe de servicio posibles tareas a realizar durante estos días relacionadas con el trabajo, en su defecto, será el responsable el que se encargue de tal asignación. Además, el trabador deberá estar a disposición del Ayuntamiento por si es requerida su presencia en el puesto de trabajo, para lo cual facilitará un teléfono personal de contacto. b) Establecer turnos de trabajo.- Dividir al personal de los servicios en dos turnos, de forma que el 50 % trabaje en horario de mañana y el otro 50 % en horario de tarde. Esta distribución de turnos sería rotatoria semanalmente, sin perjuicio de que los trabajadores de cada servicio que acuerden su preferencia no realicen tal rotación. c) En cualquier caso, la jornada laboral semanal será la que está prevista normativamente, de tal modo que se cumplirá o bien presencialmente o bien mediante modalidad de teletrabajo o realización de tareas en el domicilio propio en las condiciones que en cada caso se determine por el Jefe de Servicio. Así mismo el empleado municipal podrá optar por un permiso retribuido que se recupere con posterioridad hasta el 31 de enero 2021, previa la autorización correspondiente. A estos efectos, se constituirá una Bolsa de horas de libre disposición, con las horas de trabajo no realizadas en ninguna de las dos modalidades previstas en esta resolución. 1.2. Atención telefónica: Los Jefes de Servicios o responsables de los mismos establecerán los mecanismos adecuados para la atención telefónica a los ciudadanos. A estos efectos se dará la suficiente publicidad a las extensiones telefónicas de cada uno de los servicios. 1.3. Atención presencial: En el caso que sea estrictamente necesaria la presencia de un ciudadano en las oficinas municipales, se otorgará la correspondiente cita previa, por cada uno de los servicios afectados. Modalidad no presencial: Se faculta a los Jefes de Servicio para que en coordinación con el Servicio de Informática determinen el mecanismo de teletrabajo y los empleados municipales que utilizaran el mismo. Se dará preferencia para esta modalidad a los empleados municipales que padezcan patologías que sean susceptibles de agravarse por el contagio del COVID-19. El Director de la Escuela de Música podrá adoptar las medidas oportunas para la impartición de clases por videoconferencia. El control horario se regularizará en su momento con el informe favorable de cada uno de los Jefes de Servicios o responsables. CUARTO: De acuerdo con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de crisis sanitaria ocasionada por el CÖVID-19, en los términos en él estipulados, el cuerpo de la Policía Local de Valdepeñas ha quedado bajo las órdenes directas del Ministro de Interior en cuanto sea necesario para la protección de personas, bienes y lugares, pudiendo imponerles servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza. QUINTO: Mediante la presente resolución quedan derogados los Decretos al principio mencionados de tal modo que queda sin efecto la suspensión de contratos de trabajo temporales y vacaciones de personal laboral fijo y funcionarios. |
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