Cinco municipios de Castilla-La Mancha afectados por graves incendios forestales podrán solicitar las ayudas previstas en la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil

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  • El Consejo de Ministros declara zonas afectadas gravemente por los incendios forestales registrados en los municipios albaceteños de Ayna, Riópar y Alatoz, y en los municipios alcarreños de Valverde de los Arroyos y Ocentejo.
  • Las emergencias se produjeron entre el 20 de agosto de 2022 y el pasado 8 de junio

Cinco municipios de Castilla-La Mancha afectados por graves incendios forestales podrán solicitar las ayudas previstas en la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil
Objetivo CLM
Martes, 20/06/2023 | Toledo | Región | Sociedad, Medio Ambiente, Economía

El Consejo de Ministros ha declarado este martes zonas afectadas gravemente por una emergencia de protección civil los territorios de un total de 13 comunidades autónomas, entre los que se encuentra Castilla-La Mancha, que han sufrido incendios forestales, inundaciones y otras catástrofes de distinta naturaleza entre el 20 de agosto de 2022 y el pasado 8 de junio.

Estas zonas afectadas por una emergencia de protección civil son los territorios siniestrados como consecuencia de ochenta episodios -entre incendios forestales, tormentas, nevadas, lluvias torrenciales y otros- registrados en las comunidades autónomas de Castilla-La Mancha, Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Illes Balears, Región de Murcia, Foral de Navarra y País Vasco, así como en la ciudad de Ceuta.

En el caso de la Castilla-La Mancha, las cinco zonas declaradas como gravemente afectadas han sido por los incendios forestales registrados en los municipios albaceteños de Ayna, Riópar y Alatoz, y en los municipios alcarreños de Valverde de los Arroyos y Ocentejo.

La declaración aprobada por el Gobierno abre la vía para que los afectados por estas emergencias puedan reclamar a la Dirección General de Protección Civil del Ministerio del Interior las ayudas previstas en la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil.

Las ayudas de competencia del Ministerio del Interior incluyen:

  • Por daños personales: fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente: 18.000 euros.
  • A particulares por destrucción o daños en enseres de primera necesidad: el coste, con un límite de 2.580 euros.
  • Por destrucción total de la vivienda habitual: el coste de los daños, con un máximo de 15.120 euros.
  • Por daños a la estructura de la vivienda habitual: el 50 por ciento de los daños, con un máximo de 10.320 euros.
  • Por otros daños en la vivienda habitual: el 50 por ciento de los daños, con un máximo de 5.160 euros.
  • Por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios: el 50 por ciento de los daños, con un máximo de 9.224 euros.
  • A personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.
  • A los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.
  • A corporaciones locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables: entre el 50 y el 100 por ciento, según los casos.

Dada la amplitud del número de siniestros y las diferencias entre los mismos, todavía no es posible evaluar los daños producidos y el coste de las ayudas que se aprueben. Una primera estimación cifra en unos doce millones de euros el valor total de las ayudas que corresponden al Ministerio del Interior. 

OTRAS AYUDAS

Además, otros departamentos ministeriales estudiarán la aplicación de diferentes ayudas indirectas a los afectados por estas emergencias, como son:

  • Beneficios fiscales (Ministerio de Hacienda y Función Pública) como la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas.      
  • Medidas laborales y de Seguridad Social (Ministerios de Trabajo y Economía Social, y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones) como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.
  • Ayudas a las corporaciones locales (Ministerio de Política Territorial) por importe de hasta el 50 por ciento de los proyectos que ejecuten para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.
  • Otros ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública o en el dominio público.

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